Rivera Flores, Angel M v. Star Roofing Corp

CourtTribunal De Apelaciones De Puerto Rico/Court of Appeals of Puerto Rico
DecidedSeptember 18, 2024
DocketKLRA202400420
StatusPublished

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Bluebook
Rivera Flores, Angel M v. Star Roofing Corp, (prapp 2024).

Opinion

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO TRIBUNAL DE APELACIONES PANEL XII

ÁNGEL M. RIVERA Revisión FLORES Y/O TERESITA administrativa OTERO CORTÉS procedente del Departamento de RECURRENTES Asuntos del Consumidor v. Caso Núm. STAR ROOFING CORP. SAN-2023-0016163 UNITED SURETY & KLRA202400420 INDEMNITY COMP. - USIC Sobre: CONSTRUCCIÓN RECURRIDA

DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR

AGENCIA RECURRIDA Panel integrado por su presidenta, la Jueza Grana Martínez, el Juez Candelaria Rosa, la Jueza Rivera Pérez y la Jueza Díaz Rivera.

Grana Martínez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de septiembre de 2024.

Los recurrentes, Ángel M. Rivera y Teresita Otero Cortés,

solicitan por derecho propio que revoquemos una resolución del

Departamento de Asuntos del Consumidor (DACo).

La recurrida, Star Roofing Corporation, no presentó su

oposición al recurso dentro del término concedido.

Los hechos que anteceden a la controversia que atendemos

hoy son los siguientes.

I.

El 25 de mayo de 2023, los recurrentes presentaron una

querella en el Departamento de Asuntos del Consumidor contra Star

Roofing Corporation. Los recurrentes alegaron que contrataron a la

recurrida para que sellara el techo de su residencia. No obstante,

sus servicios no fueron satisfactorios porque la reparación fue

defectuosa. Según los querellantes, (1) a la semana de entregada la

obra comenzó a bajar agua por casi todo el trabajo realizado y por

Número Identificador

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donde antes no ocurría, (2) se desprendió parte del empañetado, (3)

tuvieron que poner al baño fuera de servicio por seguridad, (4) la

situación se ha empeorado con el pasar del tiempo y se ha convertido

en una pesadilla cuando llueve, (5) la recurrida ha acudido cuando

la llaman, pero no ha resuelto el problema, (6) la situación le está

ocasionando daños y perjuicios y afecta su salud y (7) el contratista

está consciente de su negligencia. Los recurrentes solicitaron la

devolución del dinero que pagaron a la recurrida.

El 15 de noviembre de 2023, el Técnico de Investigación,

Edgardo Amador Acevedo, realizó el Informe de Inspección. La

propiedad fue inspeccionada el 14 de noviembre de 2023. Los

resultados y hallazgos de las inspección son los siguientes: (1) la

estructura interior experimenta problemas severos de infiltración y

humedad que impactan significativamente la integridad de la

estructura y habitabilidad de la vivienda, (2) desprendimiento de la

pintura de techo del balcón y el pasillo, (3) desprendimiento de la

pintura de pared y techo del cuarto número tres y el closet, (4)

desprendimiento de pintura de la pared y techo en el cuarto número

dos, (5) desprendimiento de la pintura y del empañetado del techo

del baño de pasillo, (6) filtraciones por la constante humedad en el

techo y pared del cuarto master, (7) descascaramiento de pintura

del baño master, (7) filtraciones en el techo del walking closet, de la

terraza y en la roseta de una bombilla eléctrica, (8)

descascaramiento de pintura de techo por las constantes filtraciones

en la marquesina, (9) visible deterioro del techo, debido al

empozamiento de agua en relativamente toda su superficie,

ocasionado por falta de drenajes, (10) el techo está en muy mal

estado porque está despegado del concreto y levantado en

relativamente toda su superficie y tiene huecos y burbujas.

El perito recomendó: (1) que muchas de las deficiencias fueran

corregidas por la garantía, (2) la intervención inmediata para evitar KLRA202400420 3

mayores consecuencias, debido al visible deterioro que no es

compatible con el tiempo de instalación, (3) la remoción de todo el

material despegado del concreto embolsado y lleno de burbujas, (4)

comenzar desde el principio con la limpieza, sellado de grietas,

minimizar empozamiento, aplicación de primer y finalmente poner

la membrana escogida, (5) los trabajos sean realizados por personal

especialista y cualificado. El técnico estimó el costo de la reparación

en ocho mil quinientos setenta y cuatro dólares con sesenta y tres

centavos ($8,574.73).

Ambas partes comparecieron a la vista administrativa en la

que se admitieron como evidencia la Factura, la Certificación de

Garantía y el contrato de sellado de techo. La agencia determinó los

hechos probados siguientes. Los recurrentes contrataron a la

recurrida alrededor del mes de septiembre de 2022 para la limpieza

y sellado del techo de su residencia. Las partes acordaron que la

recurrida impermeabilizaría la superficie del techo con membrana

4MM liza, refuerzo polyester. Además, de que realizaría la

terminación en pintura asfáltica de aluminio sobre las membranas

en una superficie de techo de 2,370 pc. Los recurrentes pagaron a

la recurrida $6,862.00 por el trabajo acordado. El precio establecido

incluyó la compra de materiales, la mano de obra y una garantía de

diez (10) años por la instalación. La obra fue realizada por uno o dos

trabajadores de la recurrida. Los recurrentes notaron anomalías

desde los inicios de la obra. Los trabajos se realizaban en días de

lluvia, la membrana aplicada tenía deformaciones y estaba

despegada, había poca limpieza en la obra y sus alrededores y partes

del techo no estaban cubiertas con la aplicación de la membrana.

Los recurrentes reclamaron a la recurrida, en varias ocasiones, por

las deficiencias. El presidente de la recurrida garantizó a los

recurrentes la calidad del trabajo ofrecido, una garantía de diez (10)

años y la existencia de dos brigadas de trabajadores KLRA202400420 4

experimentados. No obstante, la obra reflejó deficiencias desde sus

inicios. Determinaciones de hecho 5 a 9 de la resolución recurrida.

La agencia también determinó los hechos a continuación. Las

lluvias ocurridas a una semana de terminada la obra ocasionaron

filtraciones de techo severas en los dormitorios y baños. El

recurrente inspeccionó la propiedad y encontró un sinnúmero de

deficiencias y desperfectos que ameritaban corrección inmediata y

se lo hizo saber a la recurrida. Star Roofing Corporation realizó la

reparación en garantía, aplicó brea y nuevo material de sellado, pero

no pudo corregir las filtraciones de techo y desperfectos de la obra.

La recurrida fue negligente en la realización de la obra y su trabajo

no cumplió las expectativas de los recurrentes. Aunque ha realizado

más de una reparación en garantía, no ha podido corregir las

deficiencias. La recurrida incumplió con sus compromisos y

obligaciones contractuales porque no corrigió las deficiencias

señaladas. Determinaciones de hecho 10-15 de la resolución

recurrida.

El DACo incluyó en sus determinaciones de hecho los

hallazgos del informe de inspección de la obra del 14 de noviembre

de 2023. Según la agencia, el técnico realizó una evaluación y

determinó lo siguiente:

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