Re: Osvaldo Antonio Villanueva Diaz
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
2003 TSPR 23 Re: 158 DPR ____ Osvaldo Antonio Villanueva Díaz
Número del Caso: TS-2664
Fecha: 21 de febrero de 2003
Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Felipe Benicio Sánchez Rivera Lcdo. Víctor Ramos Acevedo
Oficina del Procurador General:
Lcdo. Roberto J. Sánchez Ramos Procurador General
Abogado de la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía: Lcdo. Alcides Oquendo Solís
Miembros de la Comisión de Reputación para el Ejercicio de la Abogacía: Lcda. Belén Guerrero Calderón Lcdo. José Guillermo Vivas Lcdo. Carlos Víctor Dávila Lcdo. Doel Quiñones Núñez Dr. Robert Stolberg
Materia: Solicitud de Reinstalación
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Re:
Osvaldo Antonio Villanueva Díaz TS-2664
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 21 de febrero de 2003
Examinado el Informe de la Comisión de Reputación Para el Ejercicio de la Abogacía y la comparecencia del Sr. Olvaldo Villanueva Díaz, se ordena la reinstalación inmediata de éste al ejercicio de la abogacía.
El Tribunal apercibe a la representación legal del peticionario Osvaldo Villanueva Díaz, sobre el uso de algunas expresiones de mal gusto dirigidas a los distinguidos miembros de la Comisión de Reputación Para el Ejercicio de la Abogacía.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Hernández Denton, a pesar de que está conforme con el apercibimiento que se le hace a la representación legal del peticionario, disiente de la determinación tomada en el día de hoy por el Tribunal por entender que éste debió ordenar la transcripción de los procedimientos ante la Comisión de Reputación antes de tomar una determinación final en el caso. La Juez Asociada señora Naveira de Rodón inhibida. El Juez Asociado señor Fuster Berlingeri no intervino.
Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo
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2003 TSPR 23, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/re-osvaldo-antonio-villanueva-diaz-prsupreme-2003.