Quiñones v. Central Eureka, Inc.
38 P.R. Dec. 1052
Opinion
No habiendo hecho la apelante gestión alguna en el piesente caso a partir de octubre 23, 1928, en que radicó el escrito de apelación, se declara con lugar la moción de la apelada y por tanto se desestima el recurso de apelación.
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Quiñones v. Central Eureka, Inc., 38 P.R. Dec. 1052 (prsupreme 1928).
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