Puertorriqueños en Acción Ciudadana, Inc. v. Comisión Estatal de Elecciones

129 P.R. Dec. 470
Supreme Court of Puerto Rico·Decided November 29, 1991·No. Número: RE-91-620·Published

Opinion

RESOLUCIÓN

A la Solicitud de Revisión, no ha lugar.

Lo acordó el Tribunal y certifica el señor Secretario General. Los Jueces Asociados Señores Negrón García y Rebollo López disienten por razón de los fundamentos con-tenidos en la opiniones que emitieron en el caso MC-91-70, Gierbolini Rodríguez v. Gobernador, 129 D.P.R. 402 (1991). El Juez Asociado Señor Alonso Alonso no intervino.

(Fdo.) Francisco R. Agrait Liado Secretario General

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Puertorriqueños en Acción Ciudadana, Inc. v. Comisión Estatal de Elecciones, 129 P.R. Dec. 470 (prsupreme 1991).

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