Pueblo v. Soto

34 P.R. Dec. 963, 1925 PR Sup. LEXIS 454
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 9, 1925·No. No. 2625·Published

Opinion

Apareciendo que de los errores alegados por el apelante, los tres primeros carecen [964]*964de base para ser considerados por no haberse elevado nna exposición del caso o pliego de excepciones, y en cnañto al último qne se refiere a la imposición de la pena nada existe qne demuestre qne el juez inferior abusara de su discreción al imponerle tres meses de cárcel al acusado, se confirma la sentencia a/pelada.

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Pueblo v. Soto, 34 P.R. Dec. 963, 1925 PR Sup. LEXIS 454 (prsupreme 1925).

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