Pueblo v. Rodríguez
5 P.R. 474, 5 P.R. Dec. 232
Opinion
emitió la siguiente opinión.
El acusado, Luis Rodríguez, fue debidamente juzgado y condenado por la Corte de Distrito de Humacao, por hurto de mayor cuantia; hizo moción apelando á este Tribunal. No se encuentra en los autos pliego de excepciones, ni escrito al-guno, refiriéndose á error cometido por el Tribunal senten-ciador. Esta Corte Suprema no encuentra error alguno, y [476]*476por tanto la sentencia de la Corte de Distrito de Hnmacao debe ser confirmada.
Confirmada.
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Pueblo v. Rodríguez, 5 P.R. 474, 5 P.R. Dec. 232 (prsupreme 1904).
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