Pueblo v. Ríos

37 P.R. Dec. 985
Supreme Court of Puerto Rico·Decided February 23, 1928·No. No. 3154·Published

Opinion

En lo pertinente, el tribunal dijo en este caso lo siguiente:

Por cuaNto examinada la prueba a la luz de la jurispru-dencia, especialmente de la establecida por la Corte de Cir-[986] cuito de Apelaciones del Primer Circuito en el caso de El Pueblo v. Lino Castro, resuelto el 27 de Diciembre último, 23 Fed. (2nd) 263 los licores que se presentaron y admitieron como prueba, fueron ocupados ilegalmente y por tanto m> pudieron servir de evidencia en contra de los acusados, y

Bou CUANTO descartada dicha prueba no hay base para una sentencia condenatoria:

Por tanto, de acuerdo con los hechos y la ley , se revoca la sentencia apelada.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Pueblo v. Ríos, 37 P.R. Dec. 985 (prsupreme 1928).

37 P.R. Dec. 985 (Pueblo v. Ríos) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.