Pueblo v. Ralat
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Opinion
(Por la Corte, a propuesta del
Pos cuanto, acusado Manuel Ralat como autor de un delito de portar armas fué condenado por la Corte de Distrito de Ponce, en apelación, a un mes de cárcel, y no conforme apeló para ante esta Corte Suprema señalando como único error el cometido a su juicio por la corte de distrito al apreciar la prueba; y
Pos cuanto, examinada dicha-prueba a la luz de los alegatos de ambas partes, el tribunal la encuentra suficiente para sostener la sentencia recurrida;
PoR tanto, se declara sin lugar el recurso y se confirma la sen-tencia apelada que” dictó la Corte de Distrito de Ponce el 13 de fe-brero de 1936.
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50 P.R. Dec. 985, 1937 PR Sup. LEXIS 570, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/pueblo-v-ralat-prsupreme-1937.