Pueblo v. Pellot
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Opinion
emitió la opinión del tribunal.
Cierto día Esteban Soto y Natalio Pellot sostuvieron una riña. Durante la nocbe del mismo día mientras Soto se bailaba sentado en su casa oyó que le llamaban y salió a la carretera armado de un mocbo. Soto tuvo que pasar por debajo de una cerca de alambre. Al otro lado estaban Natalio Pellot y su hermano. Entonces, según el resumen de la prueba hecho por la corte inferior, mientras Soto pasaba por debajo de la cerca, Pellot le agredió con una tranca y le tumbó el mocho de la mano. El arma, según la corte, fue recogida por su hermano y Pellot continuó agrediendo a Soto después de estar inerme. Las heridas producidas' fueron de carácter grave. La corte inferior resolvió en efecto que al atacar a un hombre desarmado, como lo estaba Soto, el acu-sado no actuó, según sostenía, en defensa propia. La versión del acusado era distinta.
La prueba tiende a sostener las conclusiones de la corte inferior.
La sentencia apelada debe ser confirmada.
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47 P.R. Dec. 142, 1934 PR Sup. LEXIS 27, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/pueblo-v-pellot-prsupreme-1934.