Pueblo v. Muñoz
34 P.R. Dec. 947
Opinion
Señalando como único error el apelante el cometido a su juicio por el jurado al apreciar la prueba y apareciendo después de un examen cuidadoso de la misma que dicha prueba es suficiente, se confirmó la sentencia que condenó al acusado a un año de presidio por falsificación.
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Pueblo v. Muñoz, 34 P.R. Dec. 947 (prsupreme 1925).
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