Pueblo v. Meléndez

32 P.R. Dec. 944
Supreme Court of Puerto Rico·Decided February 19, 1924·No. No. 2098·Published

Opinion

El único error señalado por el apelante es la negativa del juez sentenciador a conceder una moción de nuevo juicio fundada en que el veredicto fué contrario a la ley y a la prueba. Se resolvió: que no bay envuelta cuestión alguna verdadera de derecho y la discusión se refiere a la aprecia-ción de la prueba tratándose de demostrar un abuso de dis-creción.

Un examen de los autos no revela un abuso tal que jus-tifique una revocación y un análisis de todos los hechos ca-recería de finalidad práctica, por lo cual se confirmó la sen-tencia.

El Juez Asociado Se. Hutchison, emitió la opinión del tribunal.

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Pueblo v. Meléndez, 32 P.R. Dec. 944 (prsupreme 1924).

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