Pueblo v. Cordero

43 P.R. Dec. 1049, 1932 PR Sup. LEXIS 652
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 2, 1932·No. No. 4780·Published

Opinion

(Por la corte, a propuesta del Juez Presidente Sr. del Toro.)

Por cuanto, dictada sentencia por la Corte de Distrito de Ponce •declarando culpable a Santos Cordero del delito de Portar Armas, apeló para ante esta Corte Suprema alegando que “la Corte por pre-juicio cometió error dándole crédito a la prueba de cargo”; y

[1050] Por CUANTO, examinados los alegatos y la prueba nada encoja-tramos en ellos que nos lleve a concluir que so cometiera en verdad el error señalado; y

PoR cuanto, la denuncia es suficiente y es bastante la prueba resuelto como fue el conflicto de la misma en pro de la de cargo:

PoR tanto, se declara sin lugar el recurso y so confirma la sen-tencia apelada de noviembre 18, 1931.

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Pueblo v. Cordero, 43 P.R. Dec. 1049, 1932 PR Sup. LEXIS 652 (prsupreme 1932).

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