Pueblo ex rel. G. A. C.
100 P.R. Dec. 456
Opinion
El menor G. A. C. cometió una falta que de haber sido cometida por un adulto hubiese constituido hurto mayor. Celebrada la vista del caso en sus méritos, el menor fue declarado incurso en la falta imputada. El tribunal, luego de conocer el informe social rendido en el caso, dispuso del asunto entregando la custodia del menor al Secretario de Salud
Footnotes
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Pueblo ex rel. G. A. C., 100 P.R. Dec. 456 (prsupreme 1972).
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