Poupart v. Rivera

58 P.R. Dec. 966, 1941 PR Sup. LEXIS 393
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 10, 1941
DocketNúm. 8233
StatusPublished

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Poupart v. Rivera, 58 P.R. Dec. 966, 1941 PR Sup. LEXIS 393 (prsupreme 1941).

Opinion

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Asociado Sr. Todd, Jr.)

[967]*967Por cuanto, los autos de esta apelación quedaron radicados en la Secretaría de esta corte el día 7 de enero de 1941 y el 4 de febrero el apelante solicitó una prórroga de treinta días para radicar su ale-gato la que le fué denegada el día 7 del mismo mes por haber ven-cido el 17 de enero de 1941 el término que tenía el apelante para radicarlo;

Por cuanto, el apelado el 10 de abril de 1941 radicó una moción solicitando la desestimación del recurso por no baber el apelante ra-dicado su alegato, a cuya moción el apelante no ha hecho oposición alguna;

Por cuanto, celebrada la vista de dicha moción sólo compareció el abogado del apelado y la sometió por sus méritos;

Por tanto, vistos los autos del caso y las reglas 42 y 62 del Re-glamento, de este tribunal, se desestima el recurso.

(e) FALTA DE JURISDICCIÓN

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58 P.R. Dec. 966, 1941 PR Sup. LEXIS 393, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/poupart-v-rivera-prsupreme-1941.