Pérez v. Díaz

30 P.R. Dec. 982
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 28, 1922·No. No. 2559·Published

Opinion

Moción de la apelada para desestimar la apela-ción. Apareciendo que el apelante no ha radicado en tiempo su alegato en esta corte a pesar de las prórrogas concedi-das, por tanto, de acuerdo con la ley y las reglas y la ju-risprudencia aplicable se desestima la apelación.

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Pérez v. Díaz, 30 P.R. Dec. 982 (prsupreme 1922).

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