Pereles v. Ongay Garage & Radio Co.
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Opinion
(Por la Corte, a propuesta del
Vista la moción de la demandada y apelada para que se deses-time el recurso por no haber la demandante apelante radicado su alegato;
Por cuanto, aparece de los autos que la parte demandante ape-lante solicitó y obtuvo dé esta corte diez prórrogas de 30 días cada una del término para la radicación de su alegato-; que la última de dichas prórrogas expiró el día 13 de octubre de 1940; y que hasta la fecha la apelante no ha radicado su alegato ni solicitado nuevo término para su radicación;
Por lo tanto, de acuerdo con la regla número 42 del Reglamento de este Tribunal se desestima por abandono el recurso.
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58 P.R. Dec. 966, 1941 PR Sup. LEXIS 392, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/pereles-v-ongay-garage-radio-co-prsupreme-1941.