P. R. Tobacco Corp. v. Buscaglia

61 P.R. Dec. 962, 1943 PR Sup. LEXIS 260
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 8, 1943·No. Núm. 8602·Published

Opinion

C. D. San Juan. Eecobro de contribuciones.

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Presidente Sr. Del Toro.)

A la moción de la parte apelada solicitando la desestimación del I recurso por dilación indebida en la tramitación del mismo y por .ser frívolo, examinada la oposición de la parte apelante, no ha lugar; pero entendiendo la Corte que la vista de la apelación en su fondo no debe dilatarse por más tiempo, concede a la apelante una última prórroga que vencerá el 23 de marzo en curso para presentar su alegato y señala la vista del recurso para el seis de abril próximo a las dos de la tarde.

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P. R. Tobacco Corp. v. Buscaglia, 61 P.R. Dec. 962, 1943 PR Sup. LEXIS 260 (prsupreme 1943).

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