P. R. Fertilizer Co. v. Busó

39 P.R. Dec. 1019
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 17, 1929·No. No. 4974·Published

Opinion

Por cuanto, demandados los apelantes para que pagasen el importe de dos pagarés suscritos por ellos se limitaron a negar que la demandante sea la tenedora de los mismos y a alegar que están prorrogados;

Por cuanto, el día del juicio los demandados no compa-recieron a él y la demandante presentó los dos pagarés, sus-critos a su favor;

Por cuanto, dictada sentencia condenatoria los deman-dados interpusieron contra ella esta apelación;

Por cuanto, en vista de los hechos expuestos y de no ha-ber presentado prueba los demandados de su defensa de prórroga resulta frívola su apelación,

Por tanto, por el expresado motivo y a instancia de la [1020] apelada, debemos desestimar y desestimamos la presente ape-lación.

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P. R. Fertilizer Co. v. Busó, 39 P.R. Dec. 1019 (prsupreme 1929).

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