Ortiz v. Carrasquillo

44 P.R. Dec. 980
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 13, 1932·No. No. 6144·Published

Opinion

Por Cuanto, el pleito de epígrafe era un caso ‘de divorcio en que surgió un incidente.de desacato y en que la Corte de Distrito de Iíu-macao condenó al demandante por desacato por haber desobedecido una orden concediendo alimentos a la demandada;

Por Cuanto, el demandante apeló de la orden de desacato y ahora solicita que se cambie el título del caso de modo que lea “El Pueblo de Puerto Rico v. Francisco Ortiz Stella, ’ ’ alegando que se trata más bien de un desacato criminal que de uno civil;

Por cuanto, en diciembre 24 de 1930 esta Corte rehusó desesti-mar la apelación por-no haberse notificado al apelado, bastando apa-rentemente una notificación al fiscal;

[981] Poe Cuanto, habiendo esta Corte prima facie aceptado jurisdic-ción dél recurso el título del caso carece de verdadera importancia;

Pob TANTO, no ha lugar a la moción radicada, dejando a las par-tes en libertad de discutir en su fondo si el pleito es más bien civil o criminal.

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Ortiz v. Carrasquillo, 44 P.R. Dec. 980 (prsupreme 1932).

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