Olmedo v. Rivera

58 P.R. Dec. 965, 1941 PR Sup. LEXIS 390
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 17, 1941·No. Núm. 8363·Published

Opinion

(Por la Corte, a propuesta del

Juez Asociado Sr. Todd, Jr.)

Por cuanto, la demandante apelada Celia Olmedo Woods solicita desestimemos por frívola la apelación interpuesta por los demanda-dos apelantes contra dos resoluciones dictadas por la Corte de Dis-trito de San Juan — una concediendo un nuevo juicio y otra restable-ciendo la anotación de lis pendens en el Registro de la Propiedad;

Por cuanto, oídas las partes y apareciendo que no se ha radi-cado aun la transcripción de los autos, ni la transcripción de evi-dencia, no estamos en condiciones de determinar si la apelación es frívola o no,

Por tanto, se declara sin lugar la moción de la demandante.

(d) FALTA DE ALEGATO O PRESENTACIÓN DEL MISMO FUERA DE TÉRMINO.

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Olmedo v. Rivera, 58 P.R. Dec. 965, 1941 PR Sup. LEXIS 390 (prsupreme 1941).

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