Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez

2003 TSPR 103
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedJune 12, 2003
DocketCC-2001-0051
StatusPublished

This text of 2003 TSPR 103 (Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
Oficina De Etica Gubernamental v. Julio C. Roman Gonzalez, 2003 TSPR 103 (prsupreme 2003).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Oficina de Ética Gubernamental Certiorari Querellante-Recurrida 2003 TSPR 103 v. 159 DPR ____ Julio C. Román González

Querellado-Peticionario

Número del Caso: CC-2001-51

Fecha: 12 de junio de 2003

Tribunal de Circuito de Apelaciones: Circuito Regional I

Juez Ponente: Hon. José M. Aponte Jiménez

Abogados de la Parte Peticionaria: Lcdo. Israel Roldán González Lcdo. Víctor Calderón Cestero

Abogadas de la Parte Recurrida: Lcda. Gretchen Camacho Rossy Lcda. Wanda Torres Velázquez

Materia: Revisión Judicial de Resolución Administrativa

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Oficina de Ética Gubernamental

Querellante-Recurrida

vs. CC-2001-51 Certiorari

Julio C. Román González

RESOLUCIÓN Nunc Pro Tunc

San Juan, Puerto Rico, a 12 de junio de 2003.

Se enmienda nunc pro tunc nuestra Opinión de 1 de mayo de 2002 para que la nota al calce número 11 de la página 20 lea de la siguiente manera:

Canon 18 de Ética Profesional, 4 L.P.R.A Ap. IX. Aunque al representante legal del peticionario se le impuso una sanción económica por no someter a tiempo el informe de la conferencia con antelación a la vista adjudicativa, tal conducta no es atribuible al peticionario, sino a la falta de la debida previsión y control adecuado de su calendario por parte del licenciado Roldán González.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. Los Jueces Asociados señores Rebollo López y Corrada del Río no intervinieron. El Juez Asociado señor Hernández Denton está inhibido.

Patricia Otón Olivieri Secretaria del Tribunal Supremo

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2003 TSPR 103, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/oficina-de-etica-gubernamental-v-julio-c-roman-gonzalez-prsupreme-2003.