Muñiz v. Chapel
38 P.R. Dec. 1052
Opinion
No habiendo hecho el apelante gestión alguna en el presente caso a partir de mayo 17, 1928, en que radicó el escrito de apelación, se. de-clara con lugar la moción del apelado y por tanto se deses-tima el recurso de apelación establecido contra sentencia de abril 4, 1928, dictada por la Corte de Distrito de San Juan.
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Muñiz v. Chapel, 38 P.R. Dec. 1052 (prsupreme 1928).
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