Morris v. José González Clemente & Cía.
39 P.R. Dec. 989
Opinion
Vista la moción de reconsideración pre-sentada por la demandante y apelante, se enmienda la úl-tima oración de la opinión en español dictada en este caso con fecha 20 de diciembre, 1928, de suerte que lea como sigue: “Hechos no suficientes para “determinar una causa de ac-ción, al ser expuestos en una demanda, difícilmente podría sostenerse que justifican una sentencia a favor del deman-dante si son establecidos sin ampliación ulterior durante la vista.”’ Y se declara sin lugar dicha moción de reconside-ración.
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Morris v. José González Clemente & Cía., 39 P.R. Dec. 989 (prsupreme 1929).
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