Mollfulleda v. Registrador de la Propiedad

18 P.R. Dec. 830, 1912 PR Sup. LEXIS 140
Supreme Court of Puerto Rico·Decided October 22, 1912·No. No. 129·Published·Cited by 1 cases

Opinion

El Juez Asociado Sr. del Toro,

emitió la opinión del tribunal.

La nota denegatoria contra la cual se ha interpuesto el presente recurso gubernativo, tiene fecha 5 de agosto de 1912 y fué notificada al presentante del documento el 7 de septiembre de 1912. El escrito interponiendo el recurso es de fecha 5 de octubre de 1912 y fué archivado en la Secre-taría de esta Suprema Corte el 21 de octubre actual.

En tal virtud, y visto lo dispuesto en la sección 3 de la ley sobre recursos contra resoluciones de los registradores [831]*831de la propiedad, aprobada en marzo 1, 1902, y lo resuelto en repetidos casos por este tribunal, procede la desestimar ción del recurso por haberse establecido fuera del término de 20 días fijado por la ley.

Desestimado.

Jueces concurrentes: Sres. Presidente Hernández y Aso-ciados MacLeary, Wolf y Aldrey.

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Mollfulleda v. Registrador de la Propiedad, 18 P.R. Dec. 830, 1912 PR Sup. LEXIS 140 (prsupreme 1912).

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