Medidas Especiales Para La Extension De Terminos Por Motivo Del Medio Día Feriado Del 24 De Diciembre De 2004

2004 TSPR 194
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedDecember 7, 2004
DocketEM-2004-0006
StatusPublished

This text of 2004 TSPR 194 (Medidas Especiales Para La Extension De Terminos Por Motivo Del Medio Día Feriado Del 24 De Diciembre De 2004) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

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Medidas Especiales Para La Extension De Terminos Por Motivo Del Medio Día Feriado Del 24 De Diciembre De 2004, 2004 TSPR 194 (prsupreme 2004).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Medidas Especiales para la Extensión de Términos por 2004 TSPR 194 Motivo del Medio Día Feriado del 24 de diciembre de 2004 163 DPR ____

Número del Caso: EM-2004-06

Fecha: 7 de diciembre de 2004

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

Medidas Especiales para la Extensión de Términos por Motivo del Medio Día Feriado EM-2004-06 del 24 de diciembre de 2004

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 7 de diciembre de 2004.

La Regla 28 de las Reglas de Administración del Sistema de Personal de la Rama Judicial incorporó la Ley Núm. 305 de 25 de diciembre de 2002, que declaró día de fiesta oficial en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico el 24 de diciembre de cada año, a partir del mediodía.

A tal efecto y en virtud de nuestra facultad para reglamentar los procedimientos judiciales, al computar los términos dispuestos en las distintas leyes y reglas aplicables a los procedimientos y trámites judiciales, se aplicará lo dispuesto por los Arts. 388 y 389 del Código Político de 1902, 1 L.P.R.A. secs. 72 y 73. Por consiguiente, se considerará el 24 de diciembre como si fuera un día feriado completo. Cualquier término que expire ese día, se extenderá hasta el próximo día laborable.

Esta Resolución tendrá vigencia inmediata.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Subsecretaria del Tribunal Supremo.

María Colón Falcón Subsecretaria del Tribunal Supremo

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