Matos v. Sucesión de Gómez de Agüero

42 P.R. Dec. 909
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 7, 1931·No. No. 5880·Published

Opinion

El Juez Asociado Señor Wolf,

emitió la opinión del tribunal.

Cuando los apelantes descansan, uo en la transcrip-[910] ción taquigráfica definida por las leyes de 1917 (No. 27, 1917 (2) p. 275) y 1919 (No. 81, p. 675), sino en un pliego de ex-cepciones y exposición del caso, no están obligados a consig-nar en corte los honorarios del taquígrafo ni necesariamente a utilizar los servicios de ese funcionario. [2] Cuando apa-rece que el pliego de excepciones y exposición del caso ha sido radicado en la corte inferior, un apelado que solicita la desestimación está obligado a convencernos de que las varias prórrogas concedidas a la parte apelante no estaban justifica-das. Esto no lo ha hecho la apelada.

No ha lugar a la desestimación solicitada.

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Matos v. Sucesión de Gómez de Agüero, 42 P.R. Dec. 909 (prsupreme 1931).

42 P.R. Dec. 909 (Matos v. Sucesión de Gómez de Agüero) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.