Lara v. Casanovas
38 P.R. Dec. 1023, 1928 PR Sup. LEXIS 414
Opinion
Interpuesta la apelación en este caso el 13 de febrero de 1928 y habiendo vencido en 9 de mayo último la prórroga concedida a la parte apelante para presentar la transcripción de la evidencia sin que la haya radicado ni obtenido nueva prórroga y sin que tampoco haya presentado en este tribunal los autos de la apelación, ésta es desestimada.
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Lara v. Casanovas, 38 P.R. Dec. 1023, 1928 PR Sup. LEXIS 414 (prsupreme 1928).
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