In Re: Víctor M. Irizarry Pérez
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2008 TSPR 40
Víctor M. Irizarry Pérez 173 DPR ____
Número del Caso: TS-6122
Fecha: 29 de febrero de 2008
Abogado de la Parte Peticionaria:
Por Derecho Propio
Colegio de Abogados de Puerto Rico:
Lcda. José M. Montalvo Trías Director Ejecutivo
Materia: Baja voluntaria al ejercicio de la abogacía
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re
Víctor M. Irizarry Pérez TS-6122
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 29 de febrero de 2008
Atendida la misiva presentada por el Lcdo. Víctor M. Irizarry Pérez en la que expresa no continuar ejerciendo la práctica de la abogacía por acogerse al retiro y radicar en los Estados Unidos y la Moción en Contestación a Resolución presentada por el Colegio de Abogados de Puerto Rico el 5 de diciembre de 2007, se autoriza al Lcdo. Víctor M. Irizarry Pérez a darse de baja voluntaria de esta institución.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente señor Hernández Denton inhibido.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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2008 TSPR 40, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-victor-m-irizarry-perez-prsupreme-2008.