In re Soto Ortiz

197 P.R. Dec. 38
Supreme Court of Puerto Rico·Decided December 23, 2016·No. Número: TS-17,200·Published

Opinion

RESOLUCIÓN

Examinados el Segundo Informe Especial, la Moción Reiterando Incumplimiento de Orden, ambas presentadas por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), y la Mo-ción Urgente Exponiendo Postura de la ODIN en Relación a Incumplimiento de Orden de Este Honorable Tribunal Supremo, presentada por el Ledo. Felipe Soto Ortiz, se pro-vee “no ha lugar” a la solicitud del licenciado Soto Ortiz.

Ante el incumplimiento del licenciado Soto Ortiz con las órdenes de este Tribunal, se le suspende inmediata e inde-finidamente del ejercicio de la notaría y se ordena al Algua-cil de este Tribunal que incaute inmediatamente el sello y la obra notarial bajo la custodia del licenciado Soto Ortiz y los entregue al Ledo. Manuel E. Ávila de Jesús, Director de la ODIN, para la correspondiente investigación e informe.

Lo acordó el Tribunal y lo certifica el Secretario del Tribunal Supremo.

(JFdo.) Juan E. Dávila Rivera Secretario del Tribunal Supremo

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

In re Soto Ortiz, 197 P.R. Dec. 38 (prsupreme 2016).

197 P.R. Dec. 38 (In re Soto Ortiz) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.