In re Rullán Castillo
174 P.R. 845
Opinion
RESOLUCIÓN
En vista de que han transcurrido aproximadamente un año y siete meses desde la suspensión del Sr. Harley Rullán Castillo, en atención a que el Colegio de Abogados dio por desistida la querella y el peticionario subsanó todas las deficiencias encontradas en su obra notarial, se autoriza su reinstalación únicamente al ejercicio de la abogacía.
Publíquese.
[846] Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
(JFdo.) Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
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In re Rullán Castillo, 174 P.R. 845 (prsupreme 2008).
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