In Re: Rosendo De Jesús Ortiz

2009 TSPR 130
Supreme Court of Puerto Rico·Decided August 11, 2009·No. TS-14831·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2009 TSPR 130

Rosendo De Jesús Ortiz 176 DPR ____

Número del Caso: TS-14831

Fecha: 11 de agosto de 2009

Abogado de la parte Peticionaria:

Por derecho propio

Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re Rosendo De Jesús Ortiz TS-14831

Sala Especial de Verano integrada por el Juez Asociado señor Rivera Pérez como su Presidente, la Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez y la Jueza Asociada señora Pabón Charneco.

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 11 de agosto de 2009

Examinada la Moción de Reinstalación presentada por el peticionario de epígrafe, se le reinstala a la práctica de la abogacía y se le concede un término de veinte (20) días a la Oficina de Inspección de Notarías, contados a partir de la notificación de esta Resolución, para que emita un Informe sobre su obra notarial.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo

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In Re: Rosendo De Jesús Ortiz, 2009 TSPR 130 (prsupreme 2009).

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