In re Reglas de Procedimiento Criminal
Opinion
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 24 de octubre de 1968
El Tribunal, de conformidad con las disposiciones de la sección 6 del Artículo V de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, por la presente adopta las Reglas que se acompañan a esta Resolución enmendatorias de las Reglas 193, 216(b), 216(j) y 217 vigentes, las cuales se remitirán inmediatamente a la Asamblea Legislativa.
El Tribunal considera que la adopción de estas Reglas requiere legislación complementaria para enmendar los in-cisos (a) y (d) de la sección 14 de la Ley de la Judicatura, 4 L.P.R.A. see. 37, a los fines de establecer que las sentencias dictadas por el Tribunal Superior en juicios de novo serán revisadas por el Tribunal Supremo mediante apelación y no por certiorari como dispone la legislación vigente.
Footnotes
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97 P.R. Dec. 853 (In re Reglas de Procedimiento Criminal) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.