In re Proceso para la Selección por Convocatoria Abierta y Normas para la Destitución del o de la Representante de la Ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial

198 P.R. Dec. 179
Supreme Court of Puerto Rico·Decided May 30, 2017·No. Número: ER-2017-3·Published

Opinion

RESOLUCIÓN

Mediante la Resolución emitida el 10 de marzo de 2017, aprobamos el nuevo Reglamento de Subastas Formales de la Rama Judicial (Reglamento), que regirá la adquisición de bienes y servicios y los arrendamientos a largo plazo. In re Aprob. Regl. Subastas RJ, 197 DPR 557 (2017).

El Reglamento consigna en su Artículo V lo referente a la composición de la Junta de Subastas de la Rama Judicial (Junta). Entre otras cosas, aumentó a cinco la cantidad de miembros de la Junta y creó la posición del o de la representante de la ciudadanía. En cuanto a la designación de este o esta última, dispuso lo siguiente:

(B) El o la representante de la ciudadanía será seleccionará mediante una convocatoria abierta que se publicará en los me-dios de comunicación, el portal de la Rama Judicial en Internet y los tablones de edicto de los tribunales para que las personas interesadas sometan un formulario de candidatura. Las perso-nas interesadas serán evaluadas por un panel de la Rama Judicial compuesto por la Directora o el Director de Recursos Hu-manos de la [Oficina de Administración de los Tribunales], la Directora o el Director del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial, y la Secretaria o el Secretario del Tribunal Supremo, a fin de seleccionar los solicitantes cualificados, y luego se realizará un sorteo para seleccionar a quien represente a la ciudadanía. Por último, el panel evaluador rendirá un informe final al Tribunal Supremo, quien verificará que se cumplió con el proceso. La persona seleccionada como representante de la ciudadanía ocupará el puesto por un término de tres años. In re Aprob. Regl. Subastas RJ, supra, pág. 567.

En cumplimiento con lo requerido por este Tribunal, el Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial (Secre-tariado) nos presentó un proyecto para el proceso de selec-[180] ción por convocatoria abierta y de normas para la destitución del o de la representante de la ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial.

Examinada la propuesta presentada, y en vista de que este asunto está revestido de un alto interés público, adop-tamos hoy el Proceso para la selección por convocatoria abierta y normas para la destitución del o de la represen-tante de la ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial (Proceso), el cual se hace formar parte de la presente Resolución. Se acompaña, además, el Formulario de inscripción voluntaria de candidatura a la posición de representante de la ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial (Formulario de Candidatura).

Para permitir la adecuada divulgación de lo aquí dis-puesto, este nuevo Proceso entrará en vigor treinta días a partir de su aprobación. Conforme se dispone en la Sección X del Proceso, dentro de los treinta días de que este entre en vigor, la Rama Judicial iniciará el trámite de la convo-catoria abierta establecido en su Sección V.

Se ordena al Director Administrativo de los Tribunales a que, dentro del periodo de vigencia diferida que se dis-pone en la presente Resolución, identifique el personal de apoyo administrativo necesario para la adecuada imple-mentación de este Proceso. Además, deberá llevar a cabo los trámites necesarios para la mecanización del Formula-rio de Candidatura, de forma que se evite su alteración y se promueva la agilidad y eficiencia de este proceso.

Notifíquese por correo electrónico al Director Adminis-trativo de los Tribunales, al Director de la Oficina de Prensa, a la Directora de la Oficina de Asuntos Legales y a la Directora del Area de Recursos Humanos de la Oficina de Administración de los Tribunales, a la Secretaria de la Junta y ala Directora del Secretariado. Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo.

(Fdo.) Juan Ernesto Dávila Rivera Secretario del Tribunal Supremo

[181] PROCESO PARA LA SELECCION POR CONVOCATORIA ABIERTA Y NORMAS PARA LA DESTITUCIÓN DEL O DE LA REPRESENTANTE DE LA CIUDADANÍA ANTE LA JUNTA DE SUBASTAS DE LA RAMA JUDICIAL

TABLA DE CONTENIDO

I. Base jurídica y propósito.182

II. Alcance.182

Definición de términos.182

IV. Requisitos para presentar la candidatura a la posición de representante de la ciudadanía.183

V Proceso de convocatoria abierta.185

VI. Proceso de revisión de solicitudes y selección de personas cualificadas.187

VII. Proceso de selección mediante sorteo.189

VIII. Destitución del o de la representante de la ciudadanía por justa causa.192

IX. Solicitud de renuncia a la posición como representante de la ciudadanía.193

X. Disposiciones transitorias.194

Separabilxdad.194

XII. Vigencia.194

[182] I. Base jurídica y propósito

Este Proceso se adopta en virtud de la Sección 7 del Artículo V de la Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico y en conformidad con lo establecido en el Artí-culo V(B) del Reglamento de Subastas Formales de la Rama Judicial. In re Aprobación del Reglamento de Subas-tas Formales de la Rama Judicial, 2017 TSPR 35. Su pro-pósito es establecer la normativa aplicable a la selección mediante convocatoria abierta del o de la representante de la ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial y establecer las causas que justifican su destitución.

II. Alcance

Las disposiciones aquí consignadas delimitarán los re-quisitos aplicables a quienes interesen presentar su candi-datura a la posición de representante de la ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial. Regirán, además, los procesos de publicación de la convocatoria abierta; la depuración de solicitudes de candidatura; la identificación y notificación a las personas cualificadas; la celebración del sorteo, su impugnación y presentación de reconsideraciones; la destitución del o de la representante de la ciudadanía por justa causa, y la aceptación de una renuncia a dicho puesto. Por último, se definirán las facul-tades delegadas al Panel de la Rama Judicial y su deber de rendir un informe final ante el Tribunal Supremo sobre el proceso de selección por convocatoria abierta.

III. Definición de términos

Los siguientes términos tendrán el significado que se expresa a continuación:

(A) Formulario de candidatura— Formulario de inscrip-ción voluntaria de candidatura a la posición de represen-tante de la ciudadanía.

[183] (B) Junta o Junta de Subastas— Junta de Subastas de la Rama Judicial.

(C) Panel— Panel de la Rama Judicial creado en el Ar-tículo V del Reglamento, el cual estará a cargo de seleccio-nar a las personas cualificadas y realizar un sorteo para elegir al o a la representante de la ciudadanía. El Panel se compone de las personas siguientes: la Directora o el Director de Recursos Humanos de la Oficina de la Adminis-tración de los Tribunales, la Directora o el Director del Se-cretariado de la Conferencia Judicial y Notarial, y la Secretaria o el Secretario del Tribunal Supremo.

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In re Proceso para la Selección por Convocatoria Abierta y Normas para la Destitución del o de la Representante de la Ciudadanía ante la Junta de Subastas de la Rama Judicial, 198 P.R. Dec. 179 (prsupreme 2017).

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