In re Otero Encarnación

176 P.R. 236
Supreme Court of Puerto Rico·Decided June 30, 2009·No. Número: AB-2008-209·Published

Opinion

RESOLUCIÓN

Examinada la “Moción de reconsideración y solicitud de reinstalación”, presentada por la abogada Lydia I. Otero Encarnación, se declara “con lugar”y se le reinstala al ejercicio de la abogacía. Se ordena a la Comisión de Etica que continúe con los procedimientos relacionados con la queja pendiente presentada por la Sra. Luz M. Suárez Miranda. Además, se concede un término de 20 días a la Oficina de Inspección de Notarías para que se exprese sobre la obra notarial incautada a la abogada Otero Encarnación.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado Señor Rivera Pérez no intervino.

(Fdo.) Aida Ileana Oquendo Graulau

Secretaria del Tribunal Supremo

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In re Otero Encarnación, 176 P.R. 236 (prsupreme 2009).

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