In re Mejías Santana

92 P.R. Dec. 804
Supreme Court of Puerto Rico·Decided November 10, 1965·No. Número: 108·Published·Cited by 2 cases

Opinion

PER curiam:

El Procurador General radicó una querella contra el abogado Julio Mejias Santana. Alega que en docu-mentos radicados ante este Tribunal el querellado “formula imputaciones falsas y utiliza un lenguaje impropio y ofensivo contra compañeros abogados y jueces” y que “incurrió en conducta impropia al hacer imputaciones falsas contra com-pañeros abogados mientras declaró bajo juramento durante el juicio en el caso número C-59-7697, de José Hernández Zamora v. Universal C.I.T. Credit Corp.”

Nombramos al Lie. Miguel Velázquez Rivera para que recibiera la prueba que sustanciaría los cargos formulados. Se celebraron audiencias a ese fin. El querellado no negó los cargos. Por el contrario se reitera en sus afirmaciones. Esto generalmente traería como consecuencia el que declaráramos con lugar la querella y le separáramos del ejercicio de la profesión.

Pero es evidente de un examen de todo el expediente de este caso así como de los que con el mismo se relacionan, y de la actitud asumida por el querellado ante los cargos im-putados, que éste padece de un desbalance emocional crítico, consecuencia de una personalidad paranoide.

Footnotes

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In re Mejías Santana, 92 P.R. Dec. 804 (prsupreme 1965).

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