In Re: Máximo Molina Fragosa

2023 TSPR 57
CourtSupreme Court of Puerto Rico
DecidedApril 27, 2023
DocketTS-5,739
StatusPublished

This text of 2023 TSPR 57 (In Re: Máximo Molina Fragosa) is published on Counsel Stack Legal Research, covering Supreme Court of Puerto Rico primary law. Counsel Stack provides free access to over 12 million legal documents including statutes, case law, regulations, and constitutions.

Bluebook
In Re: Máximo Molina Fragosa, 2023 TSPR 57 (prsupreme 2023).

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: 2023 TSPR 57

211 DPR ___ Máximo Molina Fragosa

Número del Caso: TS-5,739

Fecha: 27 de abril de 2023

Programa de Educación Jurídica Continua:

Lcdo. José Ignacio Campos Pérez Director Ejecutivo

Sr. Máximo Molina Fragosa

Por derecho propio

Materia: Conducta Profesional – Suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía por craso incumplimiento con los requisitos del Programa de Educación Jurídica Continua.

Este documento está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal Supremo. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re: TS-5,739 Máximo Molina Fragosa

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de abril de 2023.

El pasado 10 de enero de 2023 emitimos una Resolución en la cual le concedimos al Lcdo. Máximo Molina Fragosa un término final e improrrogable de noventa (90) días para que este diera cumplimiento cabal a los requisitos de educación continua que le exige el Programa de Educación Jurídica Continua. Transcurrido el término dispuesto, el letrado no ha acreditado cumplimiento alguno con lo ordenado.

En atención a ello, decretamos la suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la abogacía del Lcdo. Máximo Molina Fragosa, por su craso incumplimiento con los requisitos de educación continua que le son exigible a todos los abogados admitidos ante este Foro.

El letrado deberá informar inmediatamente a sus clientes y a los foros en los cuales litiga de su inhabilidad para continuar ejerciendo la profesión y acreditar a este Tribunal el cumplimiento con lo anterior, incluyendo una lista de los clientes y los foros a quienes le notificó de su suspensión, dentro del término de treinta (30) días, contado a partir de la notificación de esta Resolución. No hacerlo pudiera conllevar que no se le reinstale a la práctica de la profesión legal de solicitarlo en el futuro.

Notifíquese inmediatamente.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez y los Jueces Asociados señores Estrella Martínez y Colón Pérez no intervinieron.

Javier O. Sepúlveda Rodríguez Secretario del Tribunal Supremo

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

Cite This Page — Counsel Stack

Bluebook (online)
2023 TSPR 57, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-maximo-molina-fragosa-prsupreme-2023.