In Re: Luis M. Polanco Ortiz

2014 TSPR 121
Supreme Court of Puerto Rico·Decided October 9, 2014·No. TS-9107·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Certiorari

2014 TSPR 121

Luis M. Polanco Ortiz 191 DPR ____

Número del Caso: TS-9107

Fecha: 9 de octubre de 2014

Abogado de la Parte Peticionaria:

Por derecho propio

Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía

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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Luis M. Polanco Ortiz TS-9107

RESOLUCIÓN

San Juan, Puerto Rico, a 9 de octubre de 2014.

Examinada la Moción Informativa en Cumplimiento de Orden y Sometiendo Certificaciones, se reinstala al Lcdo. Luis M. Polanco Ortiz al ejercicio de la abogacía. Además, se le informa que se activarán todas las quejas que tiene pendiente ante este Tribunal.

Por lo tanto, el Tribunal acepta la contestación a la queja AB-2009-237 y se refiere a la Procuradora General para la investigación y el informe correspondiente.

Por otro lado, se le ordena al licenciado Polanco Ortiz que en el término de veinte (20) días, contado a partir de la notificación de esta Resolución, conteste la queja AB-2010-159.

Publíquese.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Asociado señor Martínez Torres denegaría la reinstalación en esta etapa porque están pendientes las quejas AB-2009-237 y AB-2010-159. La Jueza Asociada señora Pabón Charneco no intervino.

Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo

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In Re: Luis M. Polanco Ortiz, 2014 TSPR 121 (prsupreme 2014).

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