In Re: Luis A. Nieves Nieves
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re 2012 TSPR 43
Luis A. Nieves Nieves 184 DPR ____
Número del Caso: TS-10,199
Fecha: 13 de marzo de 2012
Abogada de la Parte Peticionaria:
Lcdo. Osvaldo Toledo Martínez
Materia: Reinstalación al ejercicio de la abogacía
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TS-10,199
In re: Luis A. Nieves Nieves
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 13 de marzo de 2012.
El peticionario Luis A. Nieves Nieves fue suspendido del ejercicio de la abogacía por el término de un año mediante Opinión Per Curiam del 7 de marzo de 2011.
Vista la Moción Solicitando Reinstalación en el Ejercicio de la Profesión del Abogado Luis A. Nieves Nieves presentada por el peticionario el pasado 2 de marzo de 2012, se autoriza su reinstalación al ejercicio de la abogacía.
No obstante, se ordena al Procurador General a reactivar la queja AB-2008-0170 que fue archivada administrativamente mientras el abogado estuvo suspendido. Además, se le concede al Lcdo. Luis A. Nieves Nieves un término de 30 días para contestar la referida queja.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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2012 TSPR 43, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-luis-a-nieves-nieves-prsupreme-2012.