In Re: Lizmary López Álvarez
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2016 TSPR 33
194 DPR ____
Lizmary López Álvarez
Número del Caso: TS-18,465
Fecha: 22 de febrero de 2016
Oficina de Inspección de Notarías:
Lcdo. Manuel Ávila de Jesús Director
Materia: Conducta Profesional – La suspensión de la notaría será efectiva el 25 de febrero de 2016, fecha en que se le notificó a la abogada de su suspensión inmediata
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Lizmary López Álvarez TS-18,465
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de febrero de 2016.
Evaluada la Moción Notificando Incumplimiento de Orden presentada por la Oficina de Inspección de Notarías (ODIN), se ordena la suspensión inmediata e indefinida del ejercicio de la notaría de la Lcda. Lizmary López Álvarez.
Además, se le impone una sanción de $250.00 a ser pagados mediante sellos de Rentas Internas al amparo del Artículo 62 de la Ley Notarial, 4 LPRA sec. 2102.
El Alguacil de este Tribunal procederá a incautarse de la obra y sello notarial de la notaria suspendida, debiendo entregar los mismos al Director de la Oficina de Inspección de Notarías para la correspondiente investigación e informe a este Tribunal.
Publíquese y notifíquese personalmente.
Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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