In Re: Julio E. Rivera Aponte

2007 TSPR 38
Supreme Court of Puerto Rico·Decided March 8, 2007·No. TS-00008231·Published

Opinion

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

2007 TSPR 38

Julio E. Rivera Aponte 170 DPR ____

Número del Caso: TS-8231

Fecha: 8 de marzo de 2007

Abogado de la Parte Peticionaria:

Lcda. Pilar Muñoz Nazario

Materia: Reinstalación al ejercicio de la notaría.

Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad.

EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO

In re:

Julio E. Rivera Aponte TS-8231

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 8 de marzo de 2007.

Atendida la “Solicitud de Reinstalación” al ejercicio de la notaría del Lcdo. Julio E. Rivera Aponte y habiendo cumplido con el término de un (1) mes de suspensión decretada mediante Opinión Per Curiam de 19 de diciembre de 2006, se declara ha lugar. Se concede la reinstalación solicitada al ejercicio de la notaría.

Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.

Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo

Free access — add to your briefcase to read the full text and ask questions with AI

In Re: Julio E. Rivera Aponte, 2007 TSPR 38 (prsupreme 2007).

2007 TSPR 38 (In Re: Julio E. Rivera Aponte) — published by Counsel Stack Legal Research, free access to 12M+ legal documents.