In Re: Juan Antonio Barluceacordoves
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
2002 TSPR 10
In re:
156 DPR ____
Juan Antonio Barlucea Cordovés
Número del Caso: TS-7249
Fecha: 25/enero/2002
Oficina del Procurador General:
Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Procuradora General Auxiliar
Abogado de la Parte Querellada:
Lcdo. Ricardo Morales Maldonado
Materia: Solicitud de Reinstalación
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Juan Antonio Barlucea Cordovés TS-7249
RESOLUCIÓN
San Juan, Puerto Rico, a 25 de enero de 2002.
Vista la Solicitud de Reinstalación presentada por Juan Antonio Barlucea Cordovés el 26 de noviembre de 2001 a la luz de nuestra Opinión Per Curiam de 15 de octubre de 2001, se autoriza su reinstalación al ejercicio de la abogacía, efectivo al día de hoy.
Notifíquese por escrito y vía telefónica.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo Interina. El Juez Presidente señor Andréu García y el Juez Asociado señor Hernández Denton no intervinieron.
Carmen E. Cruz Rivera
Secretaria del Tribunal Supremo Interina
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