In Re: José Gerardo Cruz Arroyo
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2014 TSPR 136
José Gerardo Cruz Arroyo 192 DPR ____
Número del Caso: TS-7893
Fecha: 31 de octubre de 2014
Comisión de Reputación:
Lcdo. Guillermo Arbona Lago, Presidente Lcda. Waleska Delgado Marrero Lcdo. Héctor Saldaña Egozcue Lcda. Ygrí Rivera de Martínez Lcda. Belén Guerrero Calderón Dr. Robert Stolberg
Procurador Especial Lcdo. Alcides Oquendo Solís
Abogada del Peticionario:
Lcda. Margarita Carrillo Iturrino
Oficina de la Procuradora General:
Lcda. Minnie H. Rodríguez López Procuradora General Auxiliar
Materia: Reinstalación al Ejercicio de la Abogacía
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
José Gerardo Cruz Arroyo TS-7893
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2014
Examinado el Informe y Recomendación de la Comisión de Reputación, el Informe sobre Petición de Reinstalación y el Escrito en Torno a Informe sobre Petición de Reinstalación, se toma conocimiento.
En consecuencia, se ordena la reinstalación al ejercicio de la abogacía al Sr. José G. Cruz Arroyo.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez no intervino.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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