In Re: Jose A. Ramos Rodriguez
Opinion
En el Tribunal Supremo de Puerto Rico
In Re: Querella
Hon. José A. Ramos Rodríguez 98TSPR154
Número del Caso: PAD-93-09 al 14
Abogados de la Parte Querellante: Hon. Carlos Lugo Fiol Procurador General Lcdo. Ivonne Casanova Pelosi
Abogado de la Parte Querellada: Lcdo. Fernando Olivero Barreto
Fecha: 11/16/1998
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
José A. Ramos Rodríguez
PAD93-09 PAD93-10 PAD93-11 PAD93-12 PAD93-13 PAD93-14
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 16 de noviembre de 1998.
Considerado el extenso y fundamentado Informe de la Comisión Disciplinaria y de Separación del Servicio por Razón de Salud de Jueces del Tribunal de Primera Instancia, de fecha 1 de agosto de 1994, relativo a la conducta del entonces Juez de Distrito José A. Ramos Rodríguez, el Tribunal resuelve censurar enérgicamente al hoy abogado Ramos Rodríguez y ordenar que la presente sea unida a su expediente personal en la Secretaría.
Por su importancia, se ordena la publicación de esta Resolución conjuntamente con dicho Informe.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Isabel Llompart Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo
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