In Re: Gerardo De La Cruz Andújar
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2009 TSPR 149
176 DPR ____ Gerardo de la Cruz Andújar
Número del Caso: TS-15098
Fecha: 1 de octubre de 2009
Colegio de Abogados de Puerto Rico:
Lcdo. José M. Montalvo Trias Director Ejecutivo
Materia: Conducta Profesional- (Resolución Nunc Pro Tunc)
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Gerardo de la Cruz Andújar
TS-15098
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 1 de octubre de 2009.
Se enmienda nunc pro tunc nuestra Opinión Per Curiam de 23 de abril de 2009 a los únicos fines de completar la primera oración en el párrafo de introducción, que por error no salió impresa en su versión final. El texto correcto debió leer como sigue:
En la Moción informativa presentada el 17 de julio de 2008, el Colegio de Abogados informó que el Lcdo. Gerardo de la Cruz Andújar dejó al descubierto el pago de la fianza notarial y solicitó se cancelara la misma.
Se acompaña la página con el texto correcto para que sea notificada nuevamente conjuntamente con la presente. El original de la página sustituida deberá permanecer en el expediente.
Lo acordó y manda el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Interina.
Juliana Mosquera Soler Secretaria del Tribunal Supremo Interina EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
PER CURIAM
En San Juan, Puerto Rico, a 23 abril de 2009.
En la Moción informativa presentada el 17 de
julio de 2008, el Colegio de Abogados informó que
el Lcdo. Gerardo de la Cruz Andújar dejó al
descubierto el pago de la fianza notarial y
solicitó se cancelara la misma. Concedimos término
al abogado, en resolución de 23 de junio de ese
año, para que mostrara causa por la cual no debía
suspendérsele de la notaría. Le apercibimos que el
incumplimiento con nuestra resolución conllevaría
la suspensión de la notaría y podría dar lugar a
sanciones disciplinarias adicionales. Poste-
riormente, el Colegio de Abogados nos informó que
el licenciado De la Cruz Andújar no había
satisfecho la cuota anual, por lo que en otra
resolución, esta vez de 26 de septiembre,
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2009 TSPR 149, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-gerardo-de-la-cruz-andujar-prsupreme-2009.