In Re: Enmienda a La Regla 7.1.1 Del Reglamento Para La Admisión De Aspirantes Al Ejercicio De La Abogacía Y La Notaría
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2019 TSPR 206
Enmienda a l Regla 7.1.1 del 203 DPR _____ Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
Número del Caso: ER-2019-06
Fecha: 7 de noviembre de 2019
Materia: Resolución del Tribunal.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO JUNTA EXAMINADORA DE ASPIRANTES AL EJERCICIO DE LA ABOGACÍA Y LA NOTARÍA
Enmienda a la Regla 7.1.1 ER-2019-06 del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 7 de noviembre de 2019.
Al amparo del poder inherente de este Tribunal para regular la admisión al ejercicio de la práctica de la abogacía y la notaría, y conforme a lo dispuesto en la Regla 15.4 del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría, del mes de junio de 1998, se establece que todo aspirante al ejercicio de la notaría deberá aprobar el examen de Reválida General previo a solicitar el examen de Reválida Notarial. A esos fines, se enmienda la Regla 7.1.1, la cual leerá:
Regla 7.1.1- Toda persona interesada en solicitar el examen de Reválida Notarial deberá cumplir con los requisitos siguientes:
(a) cumplir con los requisitos que establece la Regla 4.1.1 y
(b) […]
Esta enmienda entrará en vigor inmediatamente.
Publíquese. ER-2019-06 2
Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo Interina. El Juez Asociado señor Martínez Torres y el Juez Asociado señor Rivera García no intervinieron.
Sonnya Isabel Ramos Zeno Secretaria del Tribunal Supremo Interina
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