In re Enmienda a la Regla 10(10.2.1) del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría
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Opinion
RESOLUCIÓN
Al amparo del poder inherente de este Tribunal para regular la admisión y el ejercicio de la práctica de la abo-[498]*498gacía y la notaría, y conforme con lo dispuesto en la Regla 15.4 del Reglamento para la Admisión de Aspirantes al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría de 1 de junio de 1998 (4 L.P.R.A. Ap. XVII-B), se enmienda la Regla 10(10.2.1) del citado reglamento, para que exprese lo siguiente:
(10.2.1) Por proveer dichas copias, el Director Ejecutivo co-brará el siguiente arancel en sellos de rentas internas: veinte dólares ($20) por las contestaciones al examen de reválida general; diez dólares ($10) por las contestaciones al examen de reválida notarial, y quince dólares ($15) por las directrices de calificación.
Esta enmienda entrará en vigor inmediatamente.
Publíquese.
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