In Re: Comité Asesor Permanente De Reglas De Procedimiento Criminal
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2018 TSPR 105
Comité Asesor Permanente de 200 DPR ____ Reglas de Procedimiento Criminal
Número del Caso: EC-2017-01
Fecha: 8 de junio de 2018
Materia: Resolución del Tribunal
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Comité Asesor Permanente de Núm. EC-2017-01 Reglas de Procedimiento Criminal
RESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 8 de junio de 2018.
Mediante Resolución de 2 de febrero de 2017, EC- 2017-01, este Tribunal reconstituyó el Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal (Comité Asesor), con la encomienda de actualizar las recomendaciones contenidas en el Informe de Reglas de Procedimiento Penal presentado en diciembre de 2008. Para completar esta encomienda se otorgó un término no mayor de un año. In re Comité Asesor Permanente de Reglas de Procedimiento Criminal, EC-2017-01, Resolución de 2 de febrero de 2017, 197 DPR 287 (2017).
Por conducto de su Presidenta y de la Directora del Secretariado de la Conferencia Judicial y Notarial, el 17 de noviembre de 2017, el Comité Asesor presentó una moción para la extensión del término originalmente concedido. La necesidad de contar con un plazo adicional se atribuyó fundamentalmente a la interrupción de los trabajos provocada por los huracanes Irma y María y las complicaciones que este último fenómeno atmosférico ocasionó al calendario de trabajo del Comité Asesor y de cada miembro en su carácter individual. EC-2017-01 2
También se detalló la complejidad de los temas objeto de estudio y discusión. En ese entonces, mediante resolución de 29 de diciembre de 2017 le concedimos la extensión solicitada.
El 1 de junio de 2018, el Comité Asesor compareció una vez más mediante Moción de Extensión del Término para el Cumplimiento de Encomienda, y solicitó un término adicional al previamente concedido.
Examinada la petición presentada y, en atención a la complejidad de los trabajos en proceso, extendemos el término según lo solicitado hasta el 30 de noviembre de 2018.
Notifíquese por correo electrónico a la Directora del Secretariado y a los y las miembros del Comité Asesor.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica el Secretario del Tribunal Supremo. La Jueza Presidenta Oronoz Rodríguez no intervino.
Juan Ernesto Dávila Rivera Secretario del Tribunal Supremo
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