In Re: Carlos E. Rivera Rodríguez
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Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re: 2006 TSPR 20
166 DPR ____ Carlos E. Rivera Rodríguez
Número del Caso: TS-8718
Fecha: 9 de febrero de 2006
Abogado de la Parte Peticionaria:
Lcdo. Fernando L. Torres Ramírez
Colegio de Abogados de Puerto Rico:
Lcda. María De Lourdes Rodríguez Oficial Investigadora
Lcdo. Ángel N. Candelario Cáliz Oficial Investigador
Oficina de Inspección de Notarías:
Lcda. Carmen H. Carlos Directora
Oficina del Procurador General:
Lcda. Cynthia Iglesias Quiñones Procuradora General Auxiliar
Lcda. Zaira Z. Girón Anadón Procuradora General Auxiliar
Lcda. Noemí Rivera De León Procuradora General Auxiliar
Materia: Solicitud de Reinstalación únicamente al ejercicio de la abogacía.
Este documento constituye un documento oficial del Tribunal Supremo que está sujeto a los cambios y correcciones del proceso de compilación y publicación oficial de las decisiones del Tribunal. Su distribución electrónica se hace como un servicio público a la comunidad. EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re
Carlos E. Rivera Rodríguez TS-8718
RESOLUCION
San Juan, Puerto Rico, a 9 de febrero de 2006.
Visto el Informe del Procurador General, la Moción en Cumplimiento de Orden del Colegio de Abogados y la Moción Apremiante sobre Solicitud de Reinstalación, se ordena la reinstalación del Sr. Carlos E. Rivera Rodríguez únicamente al ejercicio de la abogacía.
Publíquese.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo.
Aida Ileana Oquendo Graulau Secretaria del Tribunal Supremo
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2006 TSPR 20, Counsel Stack Legal Research, https://law.counselstack.com/opinion/in-re-carlos-e-rivera-rodriguez-prsupreme-2006.