In Re: Carlos A. Oliver Rivera
Opinion
EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
2016 TSPR 237
Carlos A. Oliver Rivera 196 DPR ____
Número del Caso: TS-8,816
Fecha: 29 de noviembre de 2016
Abogado del Peticionario:
Por derecho propio
Materia: Readmisión al ejercicio de la abogacía y la notaría.
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EN EL TRIBUNAL SUPREMO DE PUERTO RICO
In re:
Carlos A. Oliver Rivera TS-8816
Sala de Despacho integrada por la Jueza Rodríguez, el Juez Asociado señor Martínez Torres, el Juez
tRESOLUCIÓN
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de noviembre de 2016.
Examinada la Solicitud de Readmisión al Ejercicio de la Abogacía y la Notaría presentada por el Sr. Carlos A. Oliver Rivera, se autoriza la reinstalación del señor Oliver Rivera al ejercicio de la abogacía.
En cuanto a la solicitud de readmisión a la notaría, se le concede un término de 15 días a la Oficina de Inspección de Notarías para que se exprese en cuanto a la misma y nos informe sobre el estado de la obra notarial del señor Oliver Rivera.
Lo acordó el Tribunal y certifica la Secretaria del Tribunal Supremo Interina.
Sonnya Isabel Ramos Zeno
Secretaria del Tribunal Supremo Interina
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