In re Busó Aboy
183 P.R. 571
Opinion
[572] RESOLUCIÓN
Visto el Informe del Procurador General y el Informe de la Comisión de Reputación, proceda María Buso Aboy a acreditar que ha tomado un curso de reválida. Una vez acredite lo anterior, se le reinstalará a la profesión.
Lo acordó el Tribunal y lo certifica la Secretaria del Tribunal Supremo. El Juez Presidente Señor Hernández Den-ton se inhibió. El Juez Asociado Señor Estrella Martínez no intervino.
(.Fdo.) Aida Ileana Oquendo Graulau
Secretaria del Tribunal Supremo
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In re Busó Aboy, 183 P.R. 571 (prsupreme 2011).
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